Los trabajadores autónomos podrán cobrar una prestación por cese de actividad que oscilará entre un mínimo de 583,38 y un máximo de 1.383,9 € mensuales en caso de tener dos o más hijos, según un informe del Ministerio de Trabajo e Inmigración remitido poral Consejo de Ministros.
La prestación se cobrará durante dos meses si se ha cotizado entre 12 y 17 meses inmediatamente antes del cese; durante 3 meses para la de 18 y 23 meses, durane cuatro meses para la de 24 y 29 meses, durante cinco meses para la de 30 a 35 meses y durante medio año para las cotizaciones superiores a 36 meses (9 meses para los mayores de 6o años).
La vicepresidenta primera del -Gobierno, maría Teresa Fernández de la Vega, reiteró la especial importancia de estos trabajadores en el desarrollo económico en alusión a esa medidas,que se unen a las aprobadas en el último Consejo de Ministros de julio y dirigidas también a los autónomos (bonificaciones a la contratación y aumento de la capitalización del para crear autoempleo, entre otras)
Asimismo, el informe establece que el tipo de cotización será del 1,5 % de la base, con una reducción del 0,5% en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, por lo que al autónomo cotizaría sobere un 1 % para el primer año, teniendo en cuenta que en este periodo no habrá gasto de prestación.
De este modo, sobre la base mínima de 833,4 €, la cotización sería de 12,5 € mensuales sin aplicar la reducción prevista y de 8,33 con ésta.
Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecerá el tipo de cotización que permita financiar este sistema de proteccion.
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