lunes, 3 de agosto de 2009

DESGRAVACION FISCAL POR DONACIONES



Al colaborar con actividades que benefician a los demás, el contribuyente puede desgravarse entre el 10% y el 30% de la cantidad aportada.

La apertura de una cuenta de ahorro vivienda, figurar como titular en el contrato de alquiler de un piso o el pago de cuotas de una hipoteca son algunas de las fórmulas para desgrabar a la hora de hacer la declaración. Las donaciones hechas a fundaciones, asociaciones a ONGS o las destinadas a la participación privada en la realización de actividades de interés general, como ayudas a países en desarrrollo.

De este modo el contribuyente podrá desgravarse entre el 10% al 30% de la cantidad aportada y colaborar con actividades que benefician a los demás.Claro está, que dichos donativos deberán estar debidamente justificados.

Merece la pena colaborar con donativos, a la vez que ayudas a muchas personas te beneficias, también económicamente.

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